Definitivamente firme como se encuentra la decisión dictada por el Juzgado, Tercero de Control del estado Amazonas, en fecha 25-01-2006 (f. 92 al 98), en contra del penado JOSE GREGORIO JIMENEZ REINA, titular de la cédula de identidad N° V.- 14.691.517, mediante la cual lo condena a cumplir la pena de Dos (02) años de presidio, por la comisión del delito de Hurto Calificado en Grado de Frustración, previstos y sancionados en el artículo 453 Código Penal numerales 3 y 6; más las penas accesorias contenidas en los artículos 16 ejusdem. Se procede a efectuar el cómputo de la pena de la siguiente manera:
I.- COMPUTO DE LA CONDENA IMPUESTA, FECHA DE CUMPLIMIENTO:
El mencionado penado fue detenido preventivamente el día 26-10-2005, permaneciendo en tal condición hasta la presente fecha (15-03-2.007); conforme a lo dispuesto en el articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, la que aquí Ejecuta, considera que el referido penado ha cumplido en definitiva de la pena impuesta, un .....