D I S P O S I T I V A:
Con fundamento a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA a favor del penado PADILLA TORRES JAIR, de nacionalidad colombiano, portador de la cédula de ciudadanía Nº 126.704.129, ampliamente identificado en autos anteriores; otorgarle la medida alternativa al cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo, por encontrarse llenos los extremos legales exigidos en los artículos 500 del Código Orgánico Procesal Penal, 67 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario.
Publíquese, regístrese, notifíquese, líbrense los correspondientes oficios, boleta de excarcelación y cúmplase con las demás formalidades legales.
La Juez de Ejecución
Marilyn De Jesús Colmenares
La Secretaria
Lisis Abreu
En esta misma fecha .....