Observando, este Tribunal que la pena impuesta al penado up supra identificado, no excede de Cinco (05) años, es para quien aquí decide, que lo mas ajustado a derecho, es acordar la APERTURA del PROCEDIMIENTO DE LA SUSPENSIÒN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÒN DE LA PENA, al penado ANDRES ELOY DIAZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.106.751. En consecuencia se ordena la práctica de las siguientes diligencias:
1. Oficiar lo conducente a la Unidad Técnica Nº 10 de Apoyo al Sistema Penitenciario del estado Amazonas, con sede en este Circuito Judicial Penal, para realizar el examen Psico-social al penado, con la salvedad de indicarle la urgencia del caso por cuanto el penado se encuentra detenido.
2. Remítase copia debidamente certificada del presente auto y de la Sentencia Definitiva al Jefe de la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, solicitando remita a este Juzgado Certificación de Antecedentes Penales del penado de autos......