Evacuados como se encuentran los testigos JOAN JESÚS FLORES ASTEMIA y RAFAEL FERNÁNDO CAMICO YURIYURI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V.-17.209.450 y V.-1.567.112 respectivamente, los cuales fueron presentados por la ciudadana ANA TULIA SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.-V.-1.566.292, devuélvase los originales con sus resultas de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.