Se PROLONGA la medida de colocación familiar a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en el hogar de la ciudadana antes identificada, por el lapso de cuarenta y cinco (45) días más, contados a partir de la publicación del presente auto, a los fines de garantizar el derecho de la adolescente a permanecer en el seno de una familia. Asimismo, por cuanto aún no consta en autos el respectivo informe de seguimiento y control, se acuerda ratificar el contenido del oficio N° 094-08, de fecha 15 de febrero de 2008, dirigido al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Autónomo Atures de este estado, a fin de que informen el domicilio y demás datos de la madre sustituta supra señalada. Una vez que conste en autos dicha información se proveerá lo conducente. Cúmplase lo ordenado.-