DISPOSITIVA:
Por todos los señalamiento anteriores y en función de preservar las garantías y derechos constitucionales del adolescente de marras y en especial la Garantía de orden sustantivo y Procesal a la Dignidad, prevista en el articulo 538 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del adolescente el cual indica : Se debe respetar la dignidad personal y el libre desarrollo de la personalidad. Ningún adolescente puede ser limitado en el ejercicio de sus derechos y garantías mas allá de los fines, alcance y contenido de las medidas cautelares o definitivas que se deba imponer¿ y tomando en cuenta lo establecido en el articulo 561, literal ¿e¿ de la precitada ley especial que establece: Finalizada la investigación, el Fiscal del Ministerio Público deberá : ¿e¿ solicitar el sobreseimiento provisional cuando resulte insuficiente lo actuado y no exista la posibilidad .....