ESTE JUZGADO PRIMERO DE CONTROL PARA EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: Acuerda PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia, de conformidad con lo establecido en los artículos 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida contra los adolescentes IDENTIDAD RESERVADA, venezolano, natural de Puerto Ayacucho, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad N° RESERVADO, nacido en Puerto Ayacucho, fecha RESERVADA, hijo de IDENTIDAD RESERVADA(V) y de IDENTIDAD RESERVADA(V), de profesión u Oficio: no trabaja grado de instrucción séptimo grado, residenciado en el Barrio RESERVADO, calle principal, subiendo por la Panadería RESERVADA, al frente de la Licorería, casa N° RESERVADO, de color Azul con blanco, al lado del terreno de la f.....