Se califica la aprehensión en flagrancia, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal y 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y la continuación por el procedimiento ordinario, según lo pautado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, ...Se le otorga al adolescente -----------------------, antes identificado, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad,