SE ORDENA RATIFICAR LA ORDEN DE CAPTURA, de fecha 07 de Marzo del año 2.006, para que sea ubicado y trasladado a la Casa de Formación Integral (C.F.I) Amazonas, con las seguridades que el caso amerita, al Ciudadano: -----------------------, para continuar con la fase intermedia de la averiguación penal que se le sigue y quien según los datos de identificación señaló ser: ------------------ a quien se le sigue proceso penal, por la comisión del delito de: ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 377, primer aparte del Código Penal, con las agravantes contenidas en el artículo 77, numerales 1°, 8°, 9°, 12° y 14° ejusdem, ahora artículo 376 ejusdem, en agravio de la ciudadana: BEATRIZ ELENA RODRIGUEZ, .........La presente decisión tiene su fundamento legal en lo establecido en el artículo 44 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 5 del Código Orgánico .....