Este Tribunal de Control Unico de Responsabilidad Penal Adolescente, emite el siguiente Pronunciamiento: DECLARA EN REBELDÍA Y SE ORDENA LA UBICACIÓN Y CAPTURA del adolescente cuya IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes venezolano, natural de San Fernando de Atabapo estado Amazonas, nacido el 30-04-91, de 16 años de edad, indocumentado, estudia 4to grado en la Escuela 5 de Diciembre de San Fernando de Atabapo, residenciado por el Barrio Sur México, casa S/N, color azul, San Fernando de Atabapo estado Amazonas e hijo de Arcelia Pérez (v) y Marcos Tulio Rodríguez (d), por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la Colectividad. SEGUNDO: Se libran oficios de captura a los cuerpos policiales del estado Amazonas, para que un.....