PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo establecido en los artículos 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 11 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida contra el ciudadano: ---------; a quien se le sigue averiguación penal, por el delito de: por la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, ahora 414 ejusdem, en perjuicio de las adolescentes ---------; en virtud de los hechos ocurridos el día 12 de Noviembre del año 2.004 cuando el adolescente imputado lesionó a dos víctimas dentro de la Unidad Educativa "Creación Puerto Ayacucho. La presente decisión tiene su fundamento legal, en la facultad que la ley especial le otorga al Juez de Control, de dictar el Sobreseimiento Definitivo, si dentro del año de dictado el Sobreseimiento.....