Se negó la solicitud de fijación de nueva oportunidad para que los ciudadanos FELIPE MARÍA LEÓN, AURORA JOSEFINA HERRERA DE TORRES y JENNY JUSTINA BLANCO APONTE, ratifiquen el justificativo judicial que riela a los folios 09 y 10 del expediente, por haber operado el desistimiento tácito de las testimoniales respectivas, al no haber comparecido la promovente en la primera oportunidad fijada para que se verificara la deposición de aquellos, y no solicitar en dicho acto la nueva oportunidad.