CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la profesional del derecho KALY BARRIOS DE FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-8.949.320, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.723, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ANDRES ELOY PUERTA LOPEZ en contra del auto dictado en fecha 28 de julio de 2009, por el Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, mediante la cual aperturó de pleno derecho un lapso probatorio de ocho (8) días, para que las partes promovieran y ratificaran sus pruebas con ocasión de la solicitud de DIVORCIO 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos ANDRES ELOY PUERTA LOPEZ y THAIS JOSEFINA SEGUIAS LEOTAUD, sin pronunciar sobre la admisibilidad o no de la demanda. ASI SE DECIDE.