administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: ANALI ANTONIA MONTERO BOLIVAR Y NERIO GEOMAR ANTONIO PEREZ CABARE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad Nros.-V-12.469.268 y V-18.506.428 respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
EL JUEZ,