En consecuencia, se le concede la AUTORIZACIÓN JUDICIAL, para que realice sin la asistencia del ciudadano GUSTAVO GONZALEZ MURILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-16.999,787, los tramites pertinentes ante el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a los efectos de obtener el pasaporte de su hijo, entendiéndose que esta decisión no implica en modo alguno, que el niño este autorizado para viajar fuera del Territorio Nacional. ASÍ SE DECIDE EXPRESAMENTE.
Remítase un ejemplar de la presente decisión a la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial y entréguese a la ciudadana HEIDIS COROMOTO MEDINA DE ROSARIO, a los fines legales consiguientes. Finalmente, en virtud de que no existen más actuaciones que cumplir, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO DEFINITIVO del expediente. Cúmplase.