este Despacho Judicial a cargo del Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus LUIS CARLOS CABARE, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.924.531, a la prenombrada ciudadana, a los niños IDENTIDADES OMITIDAS, de cinco (5), siete (7), diez (10) y trece (13) años de edad, respectivamente. Cumplidas las presentes actuaciones devuélvase por Secretaría el original y sus resultas. Cúmplase.-
EL JUEZ
ABG. MARIO A. MARCANO ESCOB.....