DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la Medida Cautelar Innominada solicitada por los ciudadanos Joel Dorante, Berlinda Dorante y Elisa Dorante, ya identificados, en el Recurso de Nulidad registrado bajo el número XP11-G-2012-000008. SEGUNDO: Se ordena a la Gerencia del Banco Bicentenario Agencia Avenida 23 de Enero de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, el BLOQUEO INMEDIATO, de la cuenta corriente número: 0175-0082-18-0070278803, correspondiente al Consejo Comunal San Juan de Ucata, hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva en el Recurso de Nulidad número XP11-G-2012-000008. TERCERO: Se ordena librar oficio de notificación dirigido a la Gerencia del Banco Bicentenario Agencia Avenida 23 de Enero de Puerto Ayacucho, estado .....