Por todo lo antes expuesto este Juzgado de los Municipios Río Negro y Alto Orinoco de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y en aras de salvaguardar el interés superior de la Niña, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio suscrito entre los ciudadanos ISABEL BUENO PAYEMA y WALTER RODRIGUEZ. En virtud del presente acto de homologación, dicho acuerdo adquiere carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoria. Procédase como sentencia pasada con autoridad de COSA JUZGADA FORMAL, conforme a lo dispuesto en el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABOG. EDIXON GÓMEZ Z.
LA SECRETARIA,
ABOG. YAMILIN RODÍGUEZ F.
En la misma fecha, siendo las Tres y Veinte de la tar.....