ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, seguido al ciudadano OMAR JOAQUIN URBINA ROJAS, titular de la cedula de identidad Nº 13.012.879, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, en fecha 21-01-1993, de profesión u oficio mecánico, estado civil soltero, de 19 años de edad, residenciado en el sector el moñito, casa Nº 2324, por la comisión del delito de CAMBIO ILICITO DE PLACA DE VEHICULO AUTOMOTOR contemplado en el artículo 8 de la Ley de Sobre el Robo y Hurto, por el lapso de tres meses, quedando obligado a cumplir bien y fielmente las condiciones aquí impuestas.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente sentencia interlocutoria.-