este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se califica la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano Infante Guachupiro Jesús Alexis, titular de la Cédula de Identidad N° 15.955.980, por la presunta comisión el delito de Lesiones Personales y Ultraje Simple, previsto en el artículo 413 y 222 numeral 1, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Roger Nehomar Escobar Prieto, por encontrarse llenos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: En virtud de que existen diligencias que realizar se acuerda la continuación del procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal TERCERO: Se Decretan Medidas Cautelares, previstas en el Artículo 256 numerales 3, 4 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación por ante la uni.....