Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL (HABEAS CORPUS), incoada por el ciudadano Abg. Vicente Annito Anguera, inpre-abogado N° 117.772, a favor del ciudadano JOSÉ GREGORIO MAESTRE, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, de este Domicilio, titular de la cédula de identidad N° 8.948.905., por considerar que ha cesado la Violación del Derecho Constitucional