este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: declara NEGAR el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad, solicitada por la Abogado AZALIA LUGO, en su carácter de Defensora Pública Penal del acusado CARLOS DANIEL RUIZ ALONZO, titular de la cédula de identidad N° V-17.676.681, venezolano, natural de Valle la Pascua, Estado Guarico, nacido en fecha 28-01-86, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, hijo de DANIEL RUIZ (V) y de MARITZA ALONZO (v), residenciado en el sector el triangulo de Guaicaipuro, diagonal a la bodega el Triangulo de Guaicaipuro, de esta ciudad, a quien se le sigue causa por ante este tribunal, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 6 de.....