PRIMERO: Se ADMITE PARCIALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público, por considerar quien aquí juzga que si bien existen fundados elementos de convicción para acusar al ciudadano JOSE HUMBERTO GRANADOS, titular de la cédula de identidad N° 5.956.232, por estar incurso en la conducta punible tipificada por los artículos 92 y 63 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de los adolescentes Jhony Joel Lara Licones y Jesús Daniel Santos Vásquez, sin embargo subraya este Tribunal ello solo opera respecto de que dichos adolescentes, antes suficientemente identificados, se encontraban en el local nocturno "Bohios de Quisquella", en fecha 15-AGO-2005, cuando una comisión policial en inspección rutinaria constató de su presencia en dicho centro nocturno, cuya permanencia en tales locales estaría prohibida por la ley. Así mismo que el imputado sería responsable en grado de culpabilidad, del incumplimiento del dispositivo legal invocado. SEGU.....