Por las razones anteriormente expuestas, conforme al artículo 330 en sus numerales 2 y 3, y 376, todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se admite en todas y cada una de sus partes la acusación interpuesta por la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra el ciudadano, Frey Nolberger Moreno Murcia, titular de la cedula de identidad Nº 17.676.337, de nacionalidad venezolana, natural de Francisco de la Paraguas, donde nació el 17 de agosto de 1985, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio desconocida, residenciado en la Av. Aguerrevere, casa numero 23, color azul, frente a la lavandería el Acuario en Puerto Ayacucho Estado Amazonas, por la comisión del delito de: Robo en la .....