En consecuencia, este Juzgado Tercero de Control de Primera Instancia en lo Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al imputado ROBERTO CRISTO, titular de la cédula de ciudadanía N° 73.590.784, por la comisión del delito ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES POR OCUPACION ILICITA DE UN AREA BAJO REGIMEN DE ADMINISTRACION ESPECIAL, previsto y sancionado en el articulo 58 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por lo que se califica la Aprehensión en Flagrancia, se ordena la continuación del proceso por el Procedimiento Ordinario, ya que faltan diligencias por practicar para el total esclarecimiento de los hechos, de conformidad a lo establecido en los artículos 256.3 y 373, 248 todos del Código Orgánico Procesal Penal.-Así se decide.-Líbrese los oficios y notificaciones respectivas.-