Por las razones anteriormente expuestas, conforme al artículo 330 en su numeral 2, y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se admite en todas y cada una de sus partes la acusación interpuesta por la Fiscal Octava del Ministerio Público, de este Estado, contra los ciudadanos, LUÍS EDUARDO GARCÍA MORILLO, titular de la cedula de identidad Nº 20.019.452 e IGNACIA JOSEFINA TOVAR, titular de la cedula de identidad Nº 15.954.950, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 31 2do aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectivi.....