En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Abogado Jesús Vicente Quilleli, en su condición de Defensor Pública Cuarto Penal del acusado DOUGLAS GOMEZ CHIPIAJE, a quien el Ministerio Público acusa por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el articulo 416 ejusdem en concordancia con el artículo 218 del referido Código, en el sentido que revisada la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control Circunscripcional en fecha 08-08-2007, y se les otorgue medida cautelar sustitutiva de li.....