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miércoles, 17 de marzo de 2004
"Participar directamente en la Administración de Justicia"
Puedes participar directamente en la administración de la justicia penal.



Este material ha sido elaborado para apoyar la realización de sus labores, y aclarar sus dudas e inquietudes. Seguramente, se enfrentará a un acontecimiento que representa un desafío. Sin embargo, no debe dudar de su capacidad para desempeñar la labor requerida.



Usted ha sido llamado porque cumple con los requisitos. Su labor es sumamente importante. Deberá decidir sobre la culpabilidad o inculpabilidad del acusado.



Usted ha sido elegido para cumplir la función de escabino.



¿Cómo se ha hecho esta selección?



Su nombre ha sido seleccionado por sorteo de una lista de personas que cumplen los requisitos para desempeñarse como tal. Esta lista se conforma públicamente y previo aviso del Consejo de la Judicatura, por sorteo, cada dos años con base en las listas del Registro Electoral Permanente. Una vez hecha la depuración de esta lista, para excluir las personas que tengan impedimentos, prohibiciones y excusas, el juez presidente del Circuito Judicial de su jurisdicción notifica a las personas para participar en los juicios asignados a ellos.







¿En qué tipo de juicio va a participar?







Usted participará en un juicio penal. Este será oral y público.



En este juicio se conocerá un supuesto delito, que en caso de sancionarse, puede llevar a una pena mayor de cuatro años de prisión hasta un máximo de dieciséis años.



En el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) se establece que nadie podrá ser condenado sin un juicio previo. Este juicio debe ser oral y público. Debe realizarse sin dilaciones indebidas, ante un juez imparcial, y conforme a las disposiciones del COPP. Deben salvaguardarse todos los derechos y garantías del debido proceso, consagrados en la Constitucional Nación, las leyes, los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República.



El principio de oralidad establece que sólo se apreciarán las pruebas incorporadas en la audiencia.



El principio de publicidad establece que el juicio oral tendrá lugar en forma pública, o sea, que todas las personas que lo deseen, pueden asistir a él.







¿Cuáles son las obligaciones que tienen los escabinos?







Sus obligaciones son las siguientes:







Atender a la convocatoria del juez en la fecha y hora indicadas.

Informar al tribunal con la anticipación debida acerca de los impedimentos existentes para el ejercicio de su función.

Prestar juramento.

Cumplir las instrucciones del juez presidente acerca del ejercicio de sus funciones.

No dar declaraciones ni hacer comentarios sobre el juicio en el cual participan.

Juzgar con imparcialidad y probidad.





¿Qué rol debe asumir?







Le corresponde, en su calidad de escabino, juzgar la culpabilidad o inculpabilidad de la persona imputada de cometer un delito. De acuerdo a sus obligaciones mencionadas anteriormente, debe hacerlo de manera imparcial y con probidad.







¿En qué tribunal va a participar?







Formará parte de un tribunal mixto. Esto quiere decir, que el tribunal se compone de un juez profesional, quien actuará como juez presidente, usted, y otra persona con la misma calidad de escabino.



En el caso de que por la naturaleza o complejidad del asunto que se va a tratar en su tribunal, se estime que el juicio durará un período extraordinariamente largo, también se designará un suplente. El suplente asistirá al juicio desde su inicio, ya que si por alguna circunstancia usted debe abandonar el juicio, el escabino suplente lo sustituirá.



¿Cuándo se constituye el tribunal del que usted forma parte?







Quince días antes del inicio de un juicio, se elige de entre las personas habilitadas para ejercer de escabino, ocho nombres. Los dos primeros son titulares, los otros seis suplentes. Esta elecciones notificada a las personas escogidas. Tres días posteriores a la notificación, las personas seleccionadas deben participar en un audiencia pública convocada
 
Autor:
  mdjc
 
Fecha de Publicación:
  17/03/2004
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