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jueves, 21 de febrero de 2008
RESOLUCIÓN N° 2008-01
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Coordinación del Trabajo del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, veintiuno de febrero de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: X211-I-2008-000001
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Coordinación del Trabajo del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, veintiuno de febrero de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: X211-I-2008-000001
RESOLUCIÓN N° 2008-01
CONSIDERANDO
Que la circular, emitida en fecha 19 de febrero de 2.008, por el Magistrado José Francisco Navarro, en su condición de Juez Rector del estado Amazonas, informa al personal de la Circunscripción Judicial de esta entidad política territorial, que el día viernes 22 de febrero de 2.008 se realizará la "Sesión Solemne de Apertura de las Actividades Judiciales año 2.008", a las 11:00 a.m., en la Churuata de la Universidad Nacional Abierta (U.N.A.) de esta ciudad de Puerto Ayacucho, con la presencia del Vicepresidente de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, Magistrado Eladio Aponte Aponte, quien será Orador de orden.
CONSIDERANDO:
Que con dicha solemnidad se da inicio formalmente a las actividades judiciales de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, correspondiente al año que transcurre, con la presencia del Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, Eladio Aponte Aponte, así como de representantes de entes estadales y locales.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prescribe el deber de los Jueces y Juezas de concurrir a la "Sesión Solemne de Apertura de las Actividades Judiciales año 2.008", dada la importancia que tiene el referido acto.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Los Tribunales que conforman la Coordinación del Trabajo del estado Amazonas, no despacharán ni darán audiencia el día viernes 22 de febrero de 2008, para permitir que los Jueces y Juezas y el personal administrativo y de apoyo jurisdiccional que la integran, asistan a la "Sesión Solemne de Apertura de las Actividades Judiciales año 2.008" en esta Circunscripción Judicial.
Parágrafo Único: El personal administrativo y de apoyo jurisdiccional, adscrito a la Coordinación del Trabajo del estado Amazonas, deberá asistir con carácter obligatorio a dicho Acto Solemne.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Coordinadora Judicial del Trabajo del estado Amazonas, velará por el cumplimiento de esta Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: Comuníquese y Publíquese la presente Resolución.
Dada, firmada y sellada en la sede de la Coordinación del Trabajo del estado Amazonas en la ciudad de Puerto Ayacucho, a los veintiuno (21) días del mes de febrero del año dos mil ocho (2.008); años ciento noventa y siete de la Independencia y ciento cuarenta y nueve de la Federación.
Cúmplase.
ABG. MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ LÓPEZ
COORDINADOR DEL TRABAJO DEL ESTADO AMAZONAS
Autor:
Coordinación Laboral del Estado Amazonas
Fecha de Publicación:
21/02/2008
Correo Electrónico
amazonas@tsj.gov.ve
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