DISPOSITIVA.
Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano YOAMI MICHELANGELLI LONCHI, titular de la cédula de identidad Nº 3.058.690, por la presunta comisión de los delitos de: EXTRACCION DE MINERALES NO METALICO, previsto y sancionado en el articulo 61 de la Ley Penal del Ambiente, y CONTRAVENCIÓN DE PLANES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, previsto y sancionado en el articulo 38 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano, por el lapso de TRES (03) MESES, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando el mismo obligado a cumplir bien y fielmente las condiciones aquí impuestas.