Por lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Numero 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, se pronuncia en cuanto al Escrito de solicitud mencionado en los siguientes términos: Primero: De conformidad con lo contemplado en el articulo 588, en concordancia con el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil Vigente y conjuntamente con lo contemplado en el articulo 94 de la Ley Contra la Corrupción, se DECRETA MEDIDA PREVENTIVA, DE NO RETIRAR FONDOS HABIDOS EN LA CUENTA N° 0007-0082-77-0000001004, en la Entidad Financiera Banfoandes, perteneciente de los fondos de la Directiva que conforma el Banco Comunal Triángulo Guaicaipuro II, ubicada en el Estado Amazonas, con el objeto de salvaguardar el patrimonio Público y garantizar el manejo adecuado y transparente de los recursos públicos que allí reposan, en virtud de Investigación que adelanta .....