En virtud de haber sido probada la participación del Ciudadano MIGUEL ANGEL GELES CELIS, titular de la cedula de identidad No. V-17.000.507, natural de Valle La Pascua, Estado Guarico, lugar donde nació en fecha 30/03/1.981, de estado civil casado, de profesión u oficio Taxista, hijo de Luis José Miguel Gelves (V) y de Ana Francisca Celis (F), residenciado en ¿Barrio Ajuro¿, casa sin numero, de color azul y rejas negras, cerca del parque de la piedra, en esta Ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, se condena a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Articulo 460 del Código Penal Vigente.