Se dictó decisión en el cual se fundamenta la ADMISION DE LOS HECHOS, realizada por el acusado JOSE LUIS GARCIA, por el delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley especial que rige la materia, por lo que la pena a cumplir es de DOS (02) AÑOS DE PRISION, de conformidad a lo establecido en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal de Ejecución.