En fuerza de las razones ya señaladas, de conformidad con el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: DECLARA SU INCOMPETENCIA para conocer del presente recurso de revisión en la causa signada con la nomenclatura XP01-P-2007-1180, nomenclatura del recurso, XP01-R-2009-27.
SEGUNDO: Se ordena la remisión inmediata del presente asunto al Juez Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal.
Diarícese. Regístrese. Líbrense oficios