DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA FIJACIÓN DE UN LAPSO PRUDENCIAL DE CIENTO VEINTE DÍAS (120) PARA QUE EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO CULMINE LA FASE DE INVESTIGACIÓN INICIADA EN CONTRA DEL ADOLESCENTE: OMITIDA SU IDENTIDAD, antes identificado, por la presunta comisión del Delito de Lesiones Personales Intencionales, previsto en el artículo 415 del Código Penal, de conformidad a lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal y la modificación de las Medidas Cautelares impuestas por este Tribunal en audiencias de fecha: 01 de Septiembre y 10 de Noviembre de 2002, en los términos antes señalados, de conformidad a lo establecido en el Artículo 582 literales c) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y de.....