En atención a las observaciones realizadas, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declina la competencia en la presente acción de amparo incoada por el Abogado Migdonio Magno Barros, actuando con el carácter de Defensor Judicial del ciudadano Luís Avaristo; en el Tribunal Tercero de Control de esta Circunscripción Judicial el Tribunal. En virtud de lo cual se acuerda la inmediata remisión de las presentes actuaciones al Juzgado antes referido.