éste TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Se DECRETA ejecutada y se computa la Sentencia sancionatoria de fecha 11 de Agosto de 2014, procedente del Tribunal de Control Sección Adolescentes de este Circuito Judicial, dictada al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso de UN (1) AÑO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipificado y sancionado en el artículo 455, en relación con el artículo 458, ambos del Código Penal, la cual deberá cumplir por la Entidad de Atención Amazonas ubicada en el barrio Chaparralito de Puerto Ayacucho estado Amazonas, feneciendo la misma en fecha 11-07-2015, la cual cumplirá en la Entidad de Atención Amazonas, ubicada en l.....