este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, FUNCIÓN CONTROL, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se niega la solicitud de permiso por considerara el Tribunal, que las circunstancias particulares del caso y la condición del imputado Melquideser Gualdron Pérez, permitan al Tribunal tener certeza en el cumplimiento del mismo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Por cuanto se observa que el imputado de autos a cumplido cabalmente con los lapsos de presentación ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial, el Tribunal extiende el mismo y modifica únicamente la oportunidades de presentación fijándola los días lunes y viernes de cada semana en horas de la mañana. Líbrese oficio a la Unidad de Alguacilazgo a fin de que tome las medidas .....