Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía del Ministerio Público y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a JOSÉ RAMÓN PEREZ, venezolano, con Cédula de Identidad V- 10.750.802 natural de San Fernando De Apure, Estado Apure, de estado civil Soltero, profesión Albañil, residenciado en el sector El Paraiso, casa sin número, detras del Club El Paraiso, la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL dada su prescripción, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 318 en concordancia con el numeral 8° del artículo 48, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.