Se Declara Con Lugar la solicitud de la Revisión de Medida realizada por la Abogada María Infante, en su carácter de Defensora Pública de la ciudadana Jenny Zoraida Carvajal, suficientemente identificada en autos, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se amplía el Régimen de Presentaciones, el cual deberá cumplir la acusada de Autos el día primero de cada mes ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial.