DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido al acusado MARTÍN ALFONSO CORTEZ PINILLA, plenamente identificado, por el lapso de UN AÑOS, de conformidad con lo establecido en los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, motivo por el cual se le impone al referido ciudadano las siguientes condiciones: 1.- Presentarse cada treinta días por ante la sede de este Tribunal; 2.- Residir en un lugar determinado, y en caso de cambio de residencia deberá informar al tribunal, a los fines de estar ubicable; 2.- Prohibición de tener contacto directo con la ciudadana Yolanda Martínez; 3.- Permanecer en un trabajo estable; 4.- Prohibición de portar armas de ningún tipo.