ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL DADO EL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO REPARATORIO en la presente causa seguida al ciudadano LUIS RAMON BLANCO ECHAVERRIA, de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 21.548.042 de 18 años de edad, natural de puerto ayacucho estado amazonas, nacido en fecha 30-09-1994, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinido, residenciado en el barrio francisco Zambrano avenida principal, casa sin numero, De esta ciudad , quien se encuentra incurso en la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal , en perjuicio de la ciudadana MILDRED COROMOTO MEDINA, titular de la cedula de identidad Nº 12.961.321.
Publíquese, regístrese, déj.....