Esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, declara: PRIMERO: Ratifica su competencia para conocer de la presente acción; SEGUNDO: Inadmisible la acción incoada por la ciudadana EDITA FRONTADO, defensora privada del ciudadano CESAR AUGUSTO ACEVEDO, ampliamente identificado con anterioridad, por las presuntas violaciones del Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio de esta Circunscripción Judicial del Estado Amazonas al derecho a la libertad y al Juez Natural contenidos en los artículos 44.1 y 49.4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.