este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos: BARRIOS LARA JUAN CARLOS y OJEDA CABALLERO ELISA YUDETZIS, ya identificados, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ellos contraído en fecha 06/08/2004, por ante el Juzgado de los Municipio Atures y Autana del Estado Amazonas, quedando asentado bajo el acta de matrimonio Nº 039.
Se homologan los acuerdos señalados por los cónyuges en el escrito de solicitud de Separación de Cuerpos sobre la Patria potestad, Custodia, Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA en los siguientes términos:
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niña.....