ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Vista la Acusación presentada por el Ministerio Público, este Tribunal en base al contenido del artículo 330 de la Norma Adjetiva Penal, hace una revisión del respectivo escrito de acusación y lo concatena con la exposición realizada por el Fiscal Sexto del Ministerio Público en esta audiencia DESESTIMA LA ACUSACION, por lo que no se ADMITE el escrito de acusación, presentado por el Ministerio Público, contra del ciudadano JUAN PABLO LIESA DE AGUSTIN, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 82.059.701, por cuanto no reúne los requisitos de fondo del art. 326 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que no hay la preexistencia de los medios de comisión y de los fundados elementos de convicción, para la encuadrar la conducta del hoy acusado en el tip.....