Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes Pronunciamientos: PRIMERO: NIEGA la solicitud interpuesta por el Defensor Privado Abg. Magno barros en su carácter de defensor de los acusados Jesús Leonardo Salazar Ñañez, titular de la cédula de identidad número V-16.484.439, Alexander Vaniel Conde Yépez, titular de la cédula de identidad número V-15.950.271, Ervin Hommy Tavio Sansonetti, titular de la cédula de identidad número V-18.024.275, venezolano, en el sentido que se le imponga una medida cautelar menos gravosa contemplada en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que la concesión de la misma, se considera insuficiente para garantizar las resultas del proceso, de conformidad con lo establecido en los artículos 24.....