este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº 02 de la sala Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus LUIS ALVORADO PANTOJA, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.158.716, a la prenombrada ciudadana, a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 de la Ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, titular de la cédula de identidad Nº V-25.901.718, y a los ciudadanos KENIA CAROLINA, YSMAL YESENIA, LUIS OSNIEL, GLENNYS BETSIMAR, y DEIVIS JOHAIVER PANTOJA TOVAR, venezolano, mayores de edad, ti.....