TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CON LUGAR la calificación de aprehensión en flagrancia del ciudadano: VICTOR JHOAN RIVAS, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 26.837.594, de conformidad con los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 441 de la Constitución Nacional Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Se decreta el procedimiento ordinario, a fin de proseguir con la investigación pertinente, conforme a lo establecido en el 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de la Representación Fiscal en cuanto a que se decrete Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano VICTOR JHOAN RIVAS, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 26.837.594, por l.....