Por las razones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído el día 30 de abril de 1.976, por los ciudadanos CELIA EDUVIGIS PANTOJA y GILBERTO PEREZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 ¿A del Código Civil.