Por todas estas razones, de conformidad con el artículo 311, del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Control Tres, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: SE declara CON LUGAR, la solicitud de la entrega de vehiculo pedida por el ciudadano, GUILLERMO ARIEL MARIN ALVAREZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número, V- E- 84287.999, asistido por la abogada en ejercicio, EDITA FRONTADO JIMENEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 93.784.
SEGUNDO: Se acuerda la entrega del vehiculo descrito de la siguiente manera: PLACA: DBL47K; SERIAL DE CARROCERIA: 8YPBPO1C638A10918; SERIAL DEL MOTOR: -3 A10918-¿; MARCA: FORD; MODELO: FIESTA 1.6; AÑO: 2003; COLOR: BEIGE; CLASE: AUTOM0VIL; TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR, al ciudadano, GUILLERMO ARIEL MARIN ALVAREZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número, V- E- 84287.999, pero con la expresa oblig.....